Una batalla después de la batalla. “Victoria para un militar enfermo"

Cuando el procedimiento no se cumple: una victoria para los derechos de los militares
La actuación de un abogado que conoce desde dentro las Fuerzas Armadas permite revisar el caso de un militar enfermo que había pasado a la condición de reservista de especial disponibilidad.
La resolución de un reciente caso relacionado con un militar del Cuartel de Menacho de Bótoa vuelve a poner sobre la mesa una cuestión de enorme importancia: la necesidad de que, cuando un miembro de las Fuerzas Armadas atraviesa una enfermedad durante su periodo de servicio, se respeten escrupulosamente los procedimientos establecidos y se garanticen sus derechos.
El militar afectado, que se encontraba próximo a finalizar su compromiso con las Fuerzas Armadas al cumplir los 45 años, fue diagnosticado de cáncer durante su relación profesional con la institución. Según la representación legal del afectado, pese a las circunstancias de su caso, no se habría iniciado el expediente que correspondía para determinar su situación.
Como consecuencia de ello, terminó pasando a la condición de reservista de especial disponibilidad, sin haber podido acceder, según sostiene su defensa, a las prestaciones que podrían haberle correspondido de haberse tramitado correctamente su situación.
Ante esta circunstancia, su abogado, Pedro Cordero Rangel, decidió recurrir la resolución mediante un recurso de alzada. El argumento fundamental fue que se habría prescindido del procedimiento legalmente establecido, provocando con ello una situación de indefensión para el militar.
Y aquí llega la parte más importante: el recurso ha sido estimado y se ha reconocido la necesidad de revisar la situación del afectado, con su readmisión y la posibilidad de que, una vez determinada definitivamente su situación, pueda acceder a la pensión que pudiera corresponderle.
La importancia de un abogado que conoce el problema desde dentro. Este caso tiene además una particularidad que merece ser destacada.
Pedro Cordero Rangel no es un profesional ajeno al ámbito militar. Fue militar profesional durante 19 años en la Base General Menacho de Bótoa y actualmente es reservista de especial disponibilidad.
Esa experiencia personal y profesional le proporciona un conocimiento directo de la realidad que viven muchos militares cuando llega el momento de abandonar las Fuerzas Armadas, especialmente en situaciones en las que una enfermedad, una lesión o cualquier otra circunstancia puede tener consecuencias decisivas sobre su futuro laboral y económico.
Por ello, merece una especial felicitación el trabajo desarrollado por Cordero Rangel en este procedimiento. Defender los derechos de una persona que se encuentra en una situación especialmente vulnerable y conseguir que se revise una decisión administrativa que podía perjudicar seriamente su futuro es una labor que merece reconocimiento.
Más allá de las circunstancias concretas de este caso, el resultado demuestra algo fundamental: los procedimientos administrativos no son simples formalidades. Son las garantías que permiten que los ciudadanos, también quienes han dedicado años de su vida al servicio de las Fuerzas Armadas, puedan defender sus derechos.
Un precedente que invita a reflexionar
El caso también debería servir para abrir un debate más amplio sobre la situación de determinados militares temporales y reservistas de especial disponibilidad.
Cuando un militar desarrolla una enfermedad durante su periodo de servicio, especialmente una enfermedad de gravedad, las decisiones administrativas que se adopten pueden tener consecuencias para toda su vida. Por eso resulta esencial que cada expediente sea analizado individualmente y que se cumplan todos los trámites previstos.
El propio abogado ha señalado que, desde su perspectiva, podrían existir más casos en los que no se habría seguido adecuadamente el procedimiento. Se trata de una afirmación que deberá, en su caso, ser acreditada en cada expediente concreto, pero que merece que las administraciones competentes presten atención a esta problemática.
No debería ser necesario llegar a los tribunales o a un recurso administrativo para que un militar enfermo pueda hacer valer unos derechos que la propia normativa contempla.
Una felicitación al abogado y un mensaje para los militares
Desde este espacio queremos trasladar nuestra enhorabuena a Pedro Cordero Rangel por el trabajo realizado en la defensa de este militar.
Su condición de antiguo militar y actual reservista de especial disponibilidad hace especialmente significativo que haya decidido poner sus conocimientos jurídicos y su experiencia al servicio de quienes pueden encontrarse ante situaciones similares.
Este caso demuestra también que conocer los derechos es el primer paso para poder defenderlos. Y cuando una decisión administrativa puede tener consecuencias tan importantes sobre el futuro de una persona, contar con una defensa jurídica especializada puede marcar una diferencia fundamental.
La resolución de este asunto no debe contemplarse únicamente como la solución al problema de un militar concreto. También debería servir como una llamada de atención: cuando un militar enferma durante su servicio, la Administración debe extremar las garantías, respetar los procedimientos y asegurarse de que ninguna persona quede en situación de indefensión.
Y esos años de servicio merecen, como mínimo, que sus derechos sean respetados.
Pedro Cordero | Abogado Militar
Abogado especializado en Derecho militar
Calle Gómez de Solís nº 6, oficina 2,
06001 Badajoz
Whatsapp: 679 479 797
pedrocordero@icaba.com
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M.P
Información :
Reservista de Especial Disponibilidad
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