Certificado de empresa para los (RED): cómo consultar su estado si no se ha emitido.

EL CERTIFICADO DE EMPRESA Y SU IMPORTANCIA PARA LOS RESERVISTAS DE ESPECIAL DISPONIBILIDAD (RED)
¿Qué es el certificado de empresa?
El certificado de empresa es un documento oficial que recoge información sobre la relación de servicios de una persona y las circunstancias en las que esta finaliza. Incluye datos como las fechas de inicio y finalización, los periodos cotizados y la causa del cese.
En el caso de los militares profesionales de tropa y marinería, este documento resulta importante al finalizar el compromiso de larga duración, ya que permite acreditar ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la situación en la que se produce el cese y tramitar, cuando corresponda, la prestación por desempleo.
¿Qué relación tiene con los Reservistas de Especial Disponibilidad?
Los Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) son militares profesionales de tropa y marinería que, al finalizar su compromiso de larga duración y cumplir los requisitos establecidos, pasan voluntariamente a esta situación, generalmente al cumplir los 45 años y acreditar al menos 18 años de servicios.
Al finalizar el compromiso, el interesado debe realizar las gestiones necesarias para acceder a las prestaciones que le puedan corresponder. En este proceso, el certificado de empresa sirve para acreditar la finalización de su relación de servicios con las Fuerzas Armadas y aportar al SEPE la información necesaria para valorar su derecho a la protección por desempleo.
Por tanto, el certificado de empresa es un documento relevante para el reservista porque facilita la tramitación de la prestación por desempleo tras finalizar su compromiso militar.
¿Quién debe emitirlo?
La documentación correspondiente debe ser facilitada por el órgano competente del Ministerio de Defensa, que debe comunicar al SEPE los datos necesarios sobre la finalización de la relación de servicios.
El reservista debe comprobar que la documentación se ha remitido correctamente y consultar con su unidad de personal o con la Subdelegación de Defensa de la que dependa si necesita información adicional o si existe algún problema con la tramitación.
¿Es compatible el desempleo con la asignación por disponibilidad?
Sí. La normativa contempla la compatibilidad entre la prestación o el subsidio por desempleo y la asignación por disponibilidad del reservista.
No obstante, es importante distinguir entre ambas prestaciones:
Prestación contributiva por desempleo: su reconocimiento depende de que se cumplan los requisitos legales correspondientes.
Subsidio por desempleo: la asignación por disponibilidad puede computar como renta para determinar si se cumplen los requisitos económicos exigidos.
Por ello, cada reservista debe consultar su situación concreta con el SEPE para conocer las condiciones aplicables a su caso.
¿Qué debe hacer el reservista?
Para evitar retrasos y facilitar la tramitación, se recomienda:
Comprobar que la finalización del compromiso de larga duración está correctamente documentada.
Consultar con el órgano de personal correspondiente si se ha enviado el certificado de empresa al SEPE.
Presentar la solicitud de prestación por desempleo dentro del plazo legal aplicable.
Revisar la documentación requerida y aportar cualquier información adicional que solicite el SEPE.
Conservar las resoluciones y los justificantes de los trámites realizados.
Normativa de referencia
La situación de los Reservistas de Especial Disponibilidad y sus derechos se regulan, entre otras disposiciones, en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, y en el Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas.
La disposición adicional cuarta de la Ley 8/2006 recoge la protección por desempleo y la compatibilidad con la asignación por disponibilidad, en los términos establecidos legalmente.
CONCLUSIÓN
El certificado de empresa es un documento importante para los Reservistas de Especial Disponibilidad al finalizar su compromiso de larga duración, ya que permite acreditar el cese y facilita la tramitación de la prestación por desempleo ante el SEPE.
Es aconsejable comprobar que la documentación se ha enviado correctamente y solicitar asesoramiento al órgano de personal militar o al SEPE para conocer los derechos y requisitos aplicables en cada caso.
En condiciones normales, su emisión debe gestionarse con motivo del cese, por lo que conviene comprobar que el procedimiento se haya realizado correctamente en aproximadamente unos 10 dias.
Lo habitual es que, si el certificado no se ha emitido, exista alguna incidencia o esté pendiente de tramitar por el órgano de personal correspondiente, se recomienda escribir a MONPER.OC@OC.MDE.ES para consultar el estado del certificado de empresa.
Información :
Reservista de Especial Disponibilidad
Para cualquier duda o consulta dirigete al siguiente Email.
- reservistaminisdef@gmail.com