RESIDENCIAS MILITARES PARA LOS RED, SI pero solo los dos primeros años...

En el Boletín de defensa (BOD ) número 113, Lunes 10 de Junio. Ha salido publicado por sorpresa, que los Reservistas de Especial Disponibilidad podemos disponer de las residencias militares del Ejército de Tierra, eso sí con la peculiaridad de que solo lo podremos solicitar los dos años siguientes a la obtención de la condición de Reservistas de Especial Disponibilidad.
Aquí dejamos la información para aquellos a los que interese
disfrutar de las mismas, con el enlace al BOD.
También dejamos ciertas preguntas en el aire, que nos han dado que pensar y nos ha dejado una sensación de resquemor y mal sabor de boca.
Porque después de los dos años, no podemos optar a las residencias, que cambia?
Para ciertas cosas somos
titulares en Defensa y para otras según la ley de tropa 8/2006 no tenemos la condición
de militares.
Bueno así y todo desde el blogger dar las gracias al Ministerio de Defensa por acordarse de sus veteranos Reservistas de Especial Disponibilidad. POR ALGO SE EMPIEZA, DIGNIFICAR LA PROFESIÓN Y A SUS PROFESIONALES.
Información :

Reservista de Especial Disponibilidad
Para cualquier duda o consulta dirigete al siguiente Email.
- reservistaminisdef@gmail.com